Tasación homologada para comprar vivienda con el nuevo decreto
Qué informe necesitas, quién lo aporta y cuándo encargarlo para no bloquear la firma.
Desde el 8 de octubre de 2026, las sociedades gran tenedor y las entidades dedicadas a comprar inmuebles por debajo de su valor necesitan acreditar que pagan, al menos, el 70 % del valor de mercado de la vivienda. Ese valor no lo fija el comprador ni el vendedor: lo determina una tasación.
Qué tasación exige el decreto
- Emitida por una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Banco de España. No sirven valoraciones automáticas, informes de agencias ni estimaciones de portales.
- Independiente de las partes. La tasadora no puede tener vínculo con comprador ni vendedor.
- Referida a la fecha del acuerdo vinculante: arras, reserva o contrato privado, no la escritura.
- Aportada por la parte compradora.
Qué se compara con el 70 %
La contraprestación total efectiva: el precio, las deudas que asume el comprador y cualquier otra ventaja patrimonial para el vendedor, aunque la pague una persona vinculada al comprador. Ejemplo: si la vivienda se tasa en 230.000 €, la contraprestación total no puede bajar de 161.000 €.
Cuándo encargarla
- Antes de firmar arras o reserva: así sabes desde el principio si el precio cumple.
- Documenta la fecha del acuerdo: la tasación debe referirse a ella aunque la escritura se firme meses después.
- Prevé el estado real del inmueble: una vivienda ocupada, deteriorada o alquilada por debajo de mercado vale menos, y eso baja también el umbral del 70 %.
Antes de nada: ¿tu sociedad está afectada?
Usar la calculadoraMás detalle en la regla del 70 % y en el resumen del Real Decreto-ley 29/2026.
Fuente: Real Decreto-ley 29/2026, artículo 1.
Preguntas frecuentes
¿Sirve una tasación hecha para la hipoteca?
Sirve si la emite una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Banco de España, independiente de las partes, y el valor de mercado está referido a la fecha del acuerdo vinculante.
¿Quién paga y aporta la tasación?
El decreto establece que el informe debe aportarlo la parte compradora.
¿Cuánto tarda una tasación homologada?
En Arquitasa, de 3 a 5 días con visita incluida.
Solicita la tasación que exige el decreto
Arquitasa, sociedad de tasación homologada por el Banco de España (nº 4404), la realiza en toda España en un plazo de 3 a 5 días, con visita incluida.